Tal como comentábamos la semana pasada, desde el SOLI hemos detectado la confusión que estos subsidios generan y hemos tratado de explicar qué ayudas podemos solicitar una vez hemos agotado el paro, o si no tenemos derecho a este.
Si las ayudas del SEPE, explicadas en la publicación anterior del blog, a las que pensábamos tendríamos derecho nos han sido denegadas, podemos optar a solicitar las ayudas económicas de la Seguridad Social y, tras la negativa de estas últimas, acudiremos a las ayudas de la Comunidad Autónoma, en nuestro caso, de las Islas Baleares.
En la entrada del blog de esta semana, presentamos un resumen de las ayudas económicas de la Seguridad Social y de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, así como las municipales que se ofrecen durante este año 2022:
SEGURIDAD SOCIAL
-Ingreso mínimo vital (IMV): es una prestación dirigida a prevenir el riesgo de pobreza y exclusión social de las personas que viven solas o están integradas en una unidad de convivencia y carecen de recursos económicos básicos para cubrir sus necesidades básicas. Los requisitos para solicitarlo son:
Tener residencia en España de mínimo un año y de forma continuada
Encontrarse en situación de vulnerabilidad económica, acreditando de carencia de patrimonio, activos e ingresos
Unidad de convivencia formada desde mínimo 6 meses
Puedes acceder directamente a la solicitud en el siguiente enlace: https://identificacion.seg-social.es/?origen=imv&destino=https%3A%2F%2Fimv-v1.seg-social.es%2F&representante=true
-Complemento de ayuda a la infancia: es una ayuda para los beneficiarios del IMV, de hasta 100€ al mes por cada menor para familias con rentas bajas, que se añade a los importes del Ingreso Mínimo Vital y dependerá de los ingresos que se tengan en cada hogar.
Los importes mensuales se calculan en función de las características de las personas solicitantes:
Por cada menor de tres años: ayuda de 100€/mes
Por cada menor entre 3 y 6 años: ayuda de 70€/mes
Por cada menor entre 6 y 18 años: ayuda de 50€/mes
En cuanto a las pensiones nacionales, la Seguridad Social incluye las siguientes:
Pensión de jubilación nacional
Pensión por incapacidad permanente
Prestación por viudedad, orfandad y/o favor familiar
Incremento en la pensión de incapacidad permanente total con 55 años
Auxilio por defunción
Mejora de porcentaje de viudedad para mayores de 65 años
Prestaciones devengadas y no percibidas por fallecimiento
Mantener la pensión de viudedad por nuevo matrimonio
Asimismo, relacionadas con ayudas a la familia, aparecen:
Prestación por nacimiento y cuidado del menor (y por adopción o acogimiento)
Prestación por nacimiento o adopción múltiple (familias numerosas, monoparentales o madres con discapacidad)
Prestación para el cuidado de menores afectados por enfermedad grave
Prestación por riesgo durante el embarazo
Prestación por hijo/a a cargo (menor 18 años con discapacidad igual o superior al 33%)
COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LAS ISLAS BALEARES
-Renta Social Garantizada (RESOGA): es una prestación periódica dirigida a cubrir las situaciones de vulnerabilidad social derivada de la carencia de recursos económicos de las personas, familias u otros núcleos de convivencia. Los requisitos para solicitarla son:
Haber solicitado el IMV y tener la resolución de denegación por motivos de ingresos
Estar empadronado/a en alguno de los municipios de las Islas Baleares
Que acrediten residencia en Islas Baleares mínimo 12 meses
Estar en situación de vulnerabilidad económica por carecer de rentas o ingresos suficientes
Que ningún miembro de la unidad de convivencia tenga derecho a percibir otras prestaciones públicas
No ser beneficiario/a de otras ayudas o rentas sociales
Puedes consultar las oficinas de Atención Ciudadana para poder solicitarla en el siguiente enlace: http://www.caib.es/sites/atenciociutadania/es/l/oficinas/?mcont=18436
Nuestro programa -SOLI-UGT- cuenta con la participación de SOIB y la cofinanciación del Fondo Social Europeo y tiene por objetivo la inserción en el mercado de trabajo de personas en riesgo de exclusión social.
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