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¿Has valorado ya si cumples los requisitos para la ayuda de pago único de la Agencia Tributaria?

La ayuda que se presentó a principios de verano por parte de la Agencia Tributaria forma parte del paquete de medidas que el Gobierno aprobó en el Decreto Ley Anticrisis para mitigar el impacto de la inflación derivada de la crisis energética por la invasión de Ucrania.


Esta ayuda consiste en un pago único de 200€ para las personas físicas de bajo nivel de ingresos y patrimonio, ya sean asalariados, autónomos o desempleados. La fecha límite de presentación de solicitudes será el próximo 30 de septiembre del 2022.


Los requisitos para solicitar la ayuda para las personas físicas que a la fecha 27 de junio del 2022 son los siguientes:

- Tener residencial legal y efectiva en España, de forma continuada e ininterrumpida durante el año inmediato anterior.

- Estar dado/a de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o mutualidad y/o realizar una actividad por cuenta propia o ajena.

- Estar inscrito/a como desempleado/a en la oficina de empleo, cobrando o no la prestación o subsidio por desempleo.

- Que, en 2021, la suma de rentas de todos los convivientes sea menor a 14.000€ y el patrimonio no supere 43.196,40€ (sin incluir la vivienda habitual). Para tener en cuenta los ingresos y patrimonio, la relación de las personas convivientes tendrá que ser:

-Matrimonial o de pareja con al menos dos años de antelación

-Parentesco hasta el tercer grado incluidos los afines (hijos/as, hermanos/as, abuelos/as, etc.)

-Quienes convivan con cualquiera de los anteriores en virtud de guarda con fines de adopción o acogimiento familiar permanente


Es importante tener en cuenta que no podrán optar a dicha ayuda aquellas personas que perciban el Ingreso Mínimo Vital.


Para rellenar el formulario y poder enviar la solicitud, la persona deberá contar con el certificado digital o Cl@ve.

Se puede encontrar el formulario en la sede electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, entrando en el siguiente enlace https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/procedimientoini/GC51.shtml, además de presentar el NIF del solicitante y de las personas convivientes y una cuenta bancaria con la titularidad del solicitante.


No dudes en pedirnos ayuda si lo necesitas, tanto para dudas como para soporte en la solicitud.



Nuestro programa -SOLI-UGT- cuenta con la participación de SOIB y la cofinanciación del Fondo Social Europeo y tiene por objetivo la inserción en el mercado de trabajo de personas en riesgo de exclusión social.

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